Arrestan al presidente de una comunidad y a un vecino por piratear Digital+

La policía nacional ha detenido en Aldaia al presidente de una comunidad de propietarios y a un vecino por piratear la señal de Digital Plus, según informó la Jefatura Superior de Policía por medio de un comunicado.

Los dos están acusados de distribuir la señal a los 28 vecinos de la finca. El Código Penal castiga con penas de entre seis meses y dos años de cárcel por un delito de estafa el pirateo de las señales de televisión de pago.

Agentes del grupo de delitos tecnológicos de la Jefatura Superior de Policía de Valencia arrestaron el miércoles al presidente de la comunidad y al vecino de la finca como presuntos autores de un delito de estafa relativo al mercado y a los consumidores. El vecino detenido era abonado a Digital Plus.

Las investigaciones se iniciaron el 29 de enero cuando el servicio técnico de Canal Satélite y Vía Digital denunció la existencia de un aparato que permitía que con un solo decodificador digital la señal llegase a los 28 pisos de una finca de la localidad de Aldaia.

Los agentes del grupo de delitos tecnológicos comprobaron la denuncia y procedieron a la detención de los dos acusados. Los policías intervinieron un decodificador de Digital Plus, una tarjeta de abonado, un mando a distancia y un modulador de entrada con euroconector y salida por RF.

Los dos detenidos en Aldaia carecían de antecedentes policiales. Los agentes de la policía nacional encargados del caso los dejaron en libertad tras tomarles declaración con la obligación de que comparezcan en el juzgado cuando los cite el juez encargado del caso.

Código Penal

El artículo 286 del Código Penal prevé las penas de cárcel de seis meses a dos años y multa, con independencia de la indemnización a Digital Plus por los daños y perjuicios causados por el pirateo colectivo de su señal.

En los últimos meses se ha endurecido la lucha judicial contra la piratería. El juzgado de lo Penal número uno de Gandia condenó en 2005 en un caso más grave a un hombre a un año de cárcel, a una multa de 2.500 euros y a que indemnizara a Canal Satélite con 60.000 euros por vender los códigos necesarios para piratear la señal con tarjetas falsas. El juez condenó al acusado por un delito continuado de Revelación de Secretos y Defraudación de las Telecomunicaciones.

Fuente: mundoplus.tv de febrero de 2008

Una guía del Ayuntamiento de Palma informa a los vecinos sobre evitar molestias por ruidos, mascotas y zonas comunes.

PALMA DE MALLORCA, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Palma acaba de lanzar una guía en la que informa a los vecinos sobre cómo evitar las molestias causadas por ruidos dentro de la misma comunidad, animales de compañía y uso indebido de zonas comunes, que son los problemas que más afectan a la convivencia y que más frecuentemente son apuntados como causas de quejas en los edificios habitados por múltiples familias.

A lo largo de un encuentro mantenido con los medios de comunicación en la Casa Consistorial, la alcaldesa, Aina Calvo, junto con la edil de Educación, Igualdad y Derechos Cívicos, Cristina Ferrer, presentaron la iniciativa, que forma parte del 'Proyecto de convivencia en comunidades de vecinos y vecinas', que cuenta con el apoyo del Ministerio de Trabajo e Inmigración y busca "facilitar el civismo y la convivencia intercultural", apuntó.

De la 'Guía para la Convivencia en Comunidad de Vecinos y Vecinas' se han hecho un total de 4.000 ejemplares, que se reparten entre 3.000 en versión bilingüe catalán-castellano y los 1.000 restantes en inglés-francés, presentados en un formato de cuaderno con espiral y profusamente ilustrados con motivos alusivos al tema que se trata, para una mayor explicación de las cuestiones que se abordan.

Para la primera edil, "todos somos iguales en materia de derechos y deberes", por lo que en la guía se recogen de forma "sencilla y comprensible" todas las claves necesarias para lograr que los vecinos se acostumbren a mantener una actitud cívica, sobre todo en asuntos como --además de los antes citados-- la realización de obras de reforma, el empleo de ascensores y de plazas de aparcamiento, la instalación de elementos en la fachada o la accesibilidad.

Por lo que se refiere a la distribución del documento, que ya está en marcha, Barceló indicó que se ofrecerá a todas las "entidades y asociaciones que puedan tener interés" en acceder a la información que contiene. Aunque desde el Consistorio también se apunta a otros factores que ayudan a que la convivencia sea un éxito, como el "sentido común" o los "usos y costumbres", que "casi siempre van por delante de las ordenanzas" municipales.

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Un Juez condena a un hombre a cambiar las persianas de su casa.

La Comunidad de vecinos había decidido por mayoría la renovación de las celosías.

Nunca cambiar unas persianas había sido tan largo y peliagudo. Era marzo del 2005 cuando una comunidad de vecinos de la calle Miguel Villanueva, en pleno proceso de obras en su fachada, solicitaba presupuesto a una empresa para cambiar las persianas.

Todo fue aceptado y la comunidad encargó a la firma 16 persianas, todas las necesarias para un cambio completo de 'look' del edificio. Sin embargo, un vecino no estaba de acuerdo y se negó en redondo, pese a que la comunidad compró también las persianas que le correspondían al 'insumiso'.

Desde entonces, el caso llegó a los tribunales. En septiembre del 2007, una sentencia reconocía el deber del demandado de cumplir los acuerdos aprobados por mayoría en una reunión de la comunidad de vecinos y, por consiguiente, a cambiar las persianas y a abonar los 396 euros que éstas les habían costado a la comunidad de vecinos.

Pese a la condena inicial, el demandado no ha cejado en su empeño de evitar cambiar las celosías de su vivienda y elevó el caso a la Audiencia Provincial de La Rioja. Ésta, en segunda instancia, ha rechazado el recurso porque "todos los cotitulares de las fincas conocieron las obras a realizar, incluidas las relativas a las persianas, sin que se impugnasen las mismas". Ahora, el edificio luce ya la fachada que sus vecinos decidieron por amplia mayoría.

Así que, más de cuatro años después, por fin se acabará este lío judicial y decorativo, tan largo y embrollado como, precisamente, una persiana.

Fuente: larioja.com de 3 de junio de 2009

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Las comunidades de vecinos también están obligadas a prevenir riesgos laborales.

La prevención de riesgos laborales es un tema de actualidad que también afecta a las comunidades de vecinos. El hecho de que sean entidades sin ánimo de lucro no les exime de cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, estando expuestas a posibles sanciones en caso de incumplimiento que podrían llegar a los 600.000 euros, según datos del Instituto Madrileño de Formación.

Figura legal

La responsabilidad que tenga la comunidad en la materia dependerá en gran medida de la figura legal que adopte. De esta manera nos podemos encontrar con las siguientes variables: que la comunidad de vecinos se convierta en empleador respecto del conserje, limpiadoras, jardineros, etc. que tengan contrato laboral con ella por cuenta ajena, por lo que actúa como empresario y tendrá las mismas obligaciones que cualquier otra empresa;o que la comunidad subcontrate con otras empresas.

Empresario

En este caso que decida contratar servicios con terceras empresas (contratas de jardinería, de limpiezas, etc.), tiene la obligación de coordinar las actividades empresariales como empresario titular del centro de trabajo.

Como parte de sus obligaciones en la coordinación de actividades empresariales, la deberá impartir información a las empresas contratadas sobre: los riesgos existentes en el inmueble, medidas preventivas relativas a la prevención de dichos riesgos, medidas de emergencia, etc.

En cuanto a las responsabilidades en que puede incurrir la comunidad ante un incumplimiento de la normativa se encuentra la responsabilidad administrativa que está relacionada con la actuación de la Inspección de Trabajo.

Responsabilidades

En concreto, nos encontramos con tres tipos fundamentales de responsabilidades.

La responsabilidad administrativa que da lugar, por lo general, a sanciones económicas y se centra en exclusividad en la Comunidad y no en el autor material de la infracción, aunque como es evidente en algunos supuestos pueda resultar coincidente. La infracción atiende al simple incumplimiento de la de las obligaciones en materia de prevención, y no la intencionalidad o negligencia de su actuar. Son las sanciones que proponen los inspectores de Trabajo y que pueden llegar a la cantidad de 600.000 euros.

La responsabilidad civil: consistirá en la restitución del bien siempre que sea posible, en la reparación del daño, y en la indemnización de perjuicios materiales y morales. Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador serán compatibles con las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados, pues las primeras no contemplan medidas reparadoras. La responsabilidad civil es compatible con la responsabilidad penal como consecuencia de sus distintas finalidades.

La responsabilidad penal: Nuestro código penal, establece en los Arts. 316 a 318 que "los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses".

Fuente: abcdesevilla.es de 10 de junio de 2009

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Toda una comunidad de vecinos, obligada a pagar la adaptación a la TDT.

Publicada el Lunes 27 de Abril 2009 00:00

Una sentencia obliga a que todos los vecinos paguen la adaptación a la TDT. Una propietaria intentaba evitar pagar los cien euros de derrama alegando que ella no vería la televisión, una hipótesis que el juez no cree. Ningún vecino se puede escaquear de pagar la derrama que imponga la adaptación a la nueva televisión digital terrestre (TDT). La tele es un bien de primera necesidad y la Justicia no se cree que el propietario de una vivienda pueda excusarse en que no verá la "tele". Sobre todo, si detrás existe la intención de dejar de pagar la parte correspondiente para adaptar la ya vieja antena analógica a la nueva que recoge la señal de la TDT.

Así, se desprende de la sentencia número 77/09 de la Audiencia Provincial de Badajoz, motivada porque en uno de los bloques de viviendas donde viven 12 vecinos, una propietaria se negaba a pagar los cien euros que sí aportaron los demás. En principio, se le dio la razón, pero en el recurso que interpuso el resto de la comunidad el juez estimó que, si bien es cierto que la Ley de Propiedad Horizontal indica que estos servicios o infraestructuras no pueden ser impuestos (y por tanto su coste tampoco) a los comuneros sin su voluntad, la TDT afecta directamente al concepto de «habitabilidad» y «funcionalidad» del edificio.

Los fundamentos jurídicos del fallo apelan también al "siempre sabio Código Civil, que establece que las normas jurídicas serán interpretadas teniendo en cuenta la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas".

Como afirma la parte apelante, representada por el abogado Francisco Luengo Castaño, y que se recoge en la sentencia, "en la Sociedad de la Información y el conocimiento, el entorno digital se está convirtiendo en una condición necesaria de funcionalidad y habitabilidad de los inmuebles, no en algo suntuario o de lo cual se pueda prescindir», por lo que considera que la antena de la TDT no es una obra "de lujo o simple mejora sino obra necesaria» que afectaría a la funcionalidad del edificio".

Para cerrar el círculo del razonamiento el juez fundamenta su sentencia en que "cuando se produzca el apagón digital en 2010, el comunero disidente -que en un principio se negaba a pagar los cien euros de derrama- tendrá dos opciones: o quedarse sin televisión (hipótesis no creíble) o acceder a los servicios de la TDT, para lo cual adquirirá un receptor de TV digital o el correspondiente adaptador, gasto que deberán afrontar, antes o después, todos los comuneros del inmueble. Pero lo cierto es que, necesariamente, el apelado se aprovechará, pues no cabe otra solución, de la nueva infraestructura de la TDT".

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Comunidad de vecinos denuncia a una mujer por vivir con un perro.

Una comunidad de vecinos ha denunciado a una propietaria de una vivienda porque vive en su casa con su mascota, su perro ´Coco´, un pequeño west highland de tres años que «no molesta a nadie», según ella. Esta mujer, que está buscando piso porque no quiere seguir viviendo en este edificio, firmó los estatutos de la comunidad cuando compró la casa. En ellos se prohíbe, entre otras cosas, tener animales.

El bloque de viviendas conocido como es Pou Sant está en la calle de la periodista Maria Tur i Tur, en Vila.

La comunidad le ha puesto una demanda que puede obligarla a tomar una decisión muy importante: cambiar de domicilio. De hecho, Araceli estaba ayer mismo visitando viviendas a las que poder trasladarse.

«Se trata de una acción de cesación contemplada en la Ley de Propiedad Horizontal», explicó ayer el administrador de la comunidad, que no tiene nada personal en contra de Araceli, a la que dice conocer desde que era pequeña. Además, él también tiene un perro.

Sin embargo, Araceli firmó unos estatutos, que además de prohibir tener animales, impiden a sus propietarios cenar o celebrar fiestas en las terrazas. «Parece un campo de concentración nazi», comenta indignada Araceli, que cree que sus vecinos le están haciendo mobbing.

La demanda está en el juzgado a la espera de si se decide que llegue o no a juicio. Esta acción de cesación puede acabar incluso en la vía penal, según el abogado de Araceli, que cree que en un caso extremo su cliente podría acabar en la cárcel, acusada de un delito de desobediencia a la autoridad, ya que ella no se muestra dispuesta a abandonar a su perro pase lo que pase.

Según este abogado se produce una situación de confrontación de derechos: el derecho a tener un perro en casa y la imposición del estatuto de no tener animales. Araceli ha comprobado que al menos otros cuatro vecinos de la comunidad tienen perros en sus viviendas.

La presentación de la demanda se aprobó en una junta de la comunidad a la que apenas acudieron la mitad de los vecinos.

Fuente: http://www.diariodeibiza.es

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Multa de 41.000 euros para la comunidad de vecinos que tenía una antena ilegal.

El Ayuntamiento de Tudela decidió imponer varias sanciones por valor de 41.000 euros a la comunidad de vecinos del número 6 de la calle Padre Moret que tenía instalada en su tejado una antena de telefonía móvil de Vodafone ilegal, sin ningún tipo de autorización municipal.

El ayuntamiento pretendía cobrar esta cantidad por vía ejecutiva, pero la comunidad de propietarios recurrió la resolución de alcaldía. Ahora, el Tribunal Administrativo de Navarra ha emitido un auto por el que suspende el cobro de esos 41.000 euros.

Sin embargo, el TAN sí accede a la petición del consistorio de la ciudad de que esta comunidad de vecinos aportara 51.250 euros si se suspendía el cobro de las sanciones. El ayuntamiento buscaba con esta solicitud que quede garantizado el pago de la sanción con un aval bancario por la cantidad correspondiente, más un 25% de intereses y gastos. La resolución permite recurso de apelación.

La concejal Mariví Castillo dijo que se ha impuesto sanción a todos los edificios que tenían antenas ilegales.

Fuente: Diario de Navarra de 3 de junio de 2009

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El presidente de una comunidad de vecinos se apropia de 5.000 euros...

El detenido está acusado de delitos de apropiación indebida y estafa.

La Guardia Civil de Almassora detuvo este martes a un vecino de dicha localidad como presunto autor de los delitos de apropiación indebida y estafa ya que está acusado de apropiarse de cerca de 5.000 euros cuando presidía su comunidad de vecinos, según informaron fuentes del Instituto Armado.

La detención de A.D.P.O., de 41 años, se produjo como consecuencia de las investigaciones llevadas a cabo por la Guardia Civil tras la denuncia presentada por el actual presidente de una comunidad de vecinos de la calle San Jaime, en la que comunicaba que las cuentas no cuadraban y que el posible autor era el anterior presidente.

Los agentes de la Guardia Civil comprobaron que el mismo se había apropiado desde principios del año 2008, y sin justificación alguna, de 4.305,25 euros, tras extenderse talones de diferentes cantidades al portador.

Igualmente, se le imputa un delito de estafa a la comunidad de vecinos al quedarse con parte de los 735 euros en metálico que se debían pagar a una empresa por la reparación de una puerta, para lo que dio 100 euros en efectivo y extendió un cheque de la comunidad por el resto, dinero que la empresa no cobró hasta que se destapó el engaño, según las mismas fuentes.

Fuente: Diario critico de la C.V. de 3 de junio de 2009

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La Policía Nacional detiene a cuatro especialistas en robos en domicilios en la periferia de Madrid...

La Policía Nacional ha detenido a cuatro personas como presuntas autoras de robos con fuerza cometidos en domicilios de la Comunidad de Madrid, a los que accedía utilizando láminas de plástico con las que liberaban los "resbalones" de las cerraduras de las puertas.

Habían actuado en las localidades madrileñas de Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Boadilla del Monte y Arganda del Rey, y no se descarta su participación en más robos.

Las investigaciones se iniciaron a principios del mes de abril de este año tras conocer que se habían producido varios robos con fuerza en domicilios en diferentes localidades de la Comunidad de Madrid. Los agentes comprobaron que todos respondían a un patrón común, ya que actuaban por las mañanas y accedían a las viviendas tras accionar el resbalón de la cerradura de la puerta de acceso con un trozo de plástico recortado. Además bloqueaban las cerraduras colocando en su interior palillos de madera o silicona para impedir el acceso de los propietarios y evitar ser sorprendidos por los moradores.

Tras las primeras pesquisas los agentes centraron la investigación sobre una banda de ciudadanos de origen sudamericano que se reunían habitualmente en un domicilio de la localidad de Parla (Madrid). Posteriormente se comprobó que en ese lugar era donde escondían los objetos sustraídos y donde se repartían el botín obtenido en los robos.

Una vez identificados y localizados los integrantes del grupo, los agentes establecieron un dispositivo que permitió sorprender a estos individuos cuando acaban de cometer un robo en un domicilio de Torrejón de Ardoz. Habían sustraído de su interior un ordenador portátil, piezas de joyería y dinero en efectivo.

Al verse sorprendidos trataron de huir en un vehículo, siendo finalmente interceptados en la localidad de Parla cuando se disponían a acceder al domicilio en el que se reunían habitualmente para repartirse el botín. Allí fueron detenidos los cuatro integrantes del grupo y se recuperaron los efectos robados. Uno de los arrestados portaba un pasaporte falsificado de México.

Durante los registros practicados en dos domicilios, situados en Madrid capital y Parla, se intervinieron numerosas piezas de joyería, relojes, cámaras de fotos y otros efectos que habían sido sustraídos de diferentes domicilios. Además se han intervenido dos vehículos, pasaportes y herramientas para cometer los robos.

Hasta el momento a los detenidos se les implica en la comisión de cuatro robos con fuerza en domicilios, si bien se investiga su participación en otros asaltos cometidos durante los tres últimos meses en diferentes localidades de la Comunidad de Madrid.

La operación ha sido desarrollada por agentes de la Sección de Crimen Organizado, de la UDYCO de la Comisaría General de Policía Judicial, con la colaboración de la Policía de Colombia.

Fuente: Europa press 2 de junio de 2009

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